Visado de trabajo por cuenta ajena: cómo conseguirlo en España
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El visado de trabajo por cuenta ajena es la vía ordinaria para venir a España a trabajar contratado por una empresa. Es un trámite a dos bandas: una parte la hace el empleador en España y otra el trabajador en su país de origen.
El papel del empleador
La empresa que quiere contratarte presenta la solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, y debe justificar que el puesto puede ser ocupado por un extranjero. Esto se acredita normalmente por una de estas vías:
- Que la ocupación figure en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura, o
- Que, gestionada la oferta ante el servicio público de empleo, no haya candidatos adecuados (la llamada situación nacional de empleo).
La empresa también debe acreditar solvencia para hacer frente al contrato y cumplir las condiciones laborales del convenio.
El papel del trabajador
Concedida la autorización, tú solicitas el visado de trabajo y residencia en la Oficina Consular española de tu país, aportando:
- Pasaporte en vigor.
- Antecedentes penales del país o países donde hayas residido, apostillados y traducidos.
- Certificado médico.
- Documentación de la autorización concedida y del contrato.
Pasos resumidos
- La empresa solicita la autorización de residencia y trabajo.
- Concedida, tienes un plazo para pedir el visado en el consulado.
- Con el visado, entras en España.
- Te das de alta en la Seguridad Social y solicitas la TIE en un mes.
Alternativas si no tienes empresa
Si todavía no tienes una oferta de empleo en España pero sí perfil profesional, quizá te encajen otras vías:
- El visado de nómada digital, si trabajas en remoto para empresas de fuera.
- El arraigo sociolaboral, si ya llevas tiempo en España.
Cada perfil tiene una vía óptima. Cuéntanos tu caso (oferta, profesión, tiempo en España) y te decimos cuál es la más rápida para ti.
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